EMPRENDEDORES, OCTUBRE 2019
Si su empresa realiza simultáneamente operaciones por las que puede deducirse el IVA y operaciones por las que no puede hacerlo, en general le será de aplicación la regla de la prorrata y podrá optar entre dos sistemas.
Si su empresa realiza simultáneamente operaciones por las que puede deducirse el IVA y operaciones por las que no puede hacerlo, en general le será de aplicación la regla de la prorrata y podrá optar entre dos sistemas.